1. ¿Qué es el CAP?
El certificado de aptitud profesional (CAP para conductores BOE del RD 1032/2007, de 20 de julio) acreditará que el conductor destinado al transporte por carretera a cuyo favor haya sido expedido, ha superado los cursos y exámenes exigidos para la cualificación inicial de los conductores. Este certificado se expedirá sin plazo de validez predeterminado, pero su vigencia quedará subordinada a que su titular continúe (dentro de unos plazos previstos) los cursos de formación continua pertinentes.
Debido a la nueva normativa surge la necesidad de crear nuevos cursos dirigidos tanto a aquellos que quieran iniciarse en la profesión como a aquellos que actualmente ya la ejercen en el sector transporte de viajeros y de mercancías. En función de su condición, la nueva normativa exigirá que realicen uno u otro y que se sometan a las pruebas correspondientes en cada caso.
2. ¿A quién va dirigido?
-Nuevos profesionales conductores que quieran acceder a la profesión de conductor que accederán a través de la cualificación inicial.
-Conductores profesionales de autobuses, autocares y camiones que tendrán que pasar por una formación continua.
3. ¿Cuándo entró en vigor?
Hace un año comenzaba su andadura una nueva formación para los conductores del Transporte de Viajeros, el Certificado de Aptitud Profesional . El CAP cerró su ciclo con la entrada en vigor, el 11 de septiembre del presente año, de la formación específica para Mercancías. El objetivo perseguido con esta iniciativa es formar y profesionalizar a estos conductores con un programa de formación inicial y continua.
El Real Decreto 1032/2007 de 20 de julio vino a regular la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, con el fin de incidir de forma positiva en la profesionalización del sector.
La fecha para superar la formación inicial en los titulares de los permisos D1, D1+E, D y D+E fue el pasado 11 de septiembre de 2008. Para los titulares de los permisos C1, C1+E, C y C+E la entrada en vigor se produce en septiembre del presente año. Por tanto, todo los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera deberán superar el CAP para desarrollar su actividad.
4. Contenido y estructura.
El contenido del curso está ajustado, tanto en duración como en programa, a lo previsto por el Real Decreto 1032/2007 para los cursos de cualificación inicial y de formación continua de conductores profesionales (permisos de conducir C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E).
Este Real Decreto, establece en su artículo 8 que “Los cursos necesarios para obtener la formación inicial, tanto ordinaria como acelerada, y la formación continua únicamente podrán impartirse en centros autorizados por las administraciones públicas competentes para el otorgamiento de autorizaciones de transporte público”.
El certificado de aptitud profesional acreditativo ( CAP) se estructura en :
1. Cualificación Inicial: podrá obtenerse en base a dos modalidades:
- Ordinaria: Consiste en la asistencia a un curso de 280 horas de duración y la superación de un examen.
- Acelerada: Consiste en la asistencia a un curso de 140 horas de duración y la superación de un examen.
2. Formación Continua: Con respecto al Cap acreditativo de la formación continua tiene como objetivo actualizar los conocimientos esenciales haciendo hincapié en la seguridad en carretera y la racionalización del consumo de carburante. Consiste en un curso de 35 horas de duración, que se realizará cada 5 años y contenido versará sobre las materias citadas en el Real Decreto.
¿Quién está obligado a realizar la formación continua para la obtención del CAP?
- Aquellos conductores de viajeros cuyos permisos de conducir D, D1, D+E, D1+E (viajeros) hayan sido expedidos antes de 11 de septiembre de 2008.
- Aquellos conductores de mercancías cuyos permisos de conducir C+C1, C+E, C1+E (mercancías) hayan sido expedidos antes de 11 de septiembre de 2009.
Si estas interesado en hacer el cap puedes informarte en nuestros centros CEFOVIAL, S.L situados en la Rúa do Vidro, en el Polígono de O Ceao (teléfon 982.80.50.45) o en la Avda. das Américas, nº 51.